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La crisis de refugio en Quito no ha terminado: medidas de protección para las familias refugiadas colombianas

Ante el estado de indefensión en que se encuentran las familias colombianas refugiadas en Quito:

Desde junio de 2019, Corredores Migratorios ha hecho seguimiento de la situación del colectivo de familias colombianas refugiadas que han sostenido una demanda de protección internacional ante ACNUR Ecuador. Publicamos nuestro primer artículo el día 20 de ese mes y desde entonces hemos acompañado a las familias en su demanda de protección internacional. Se trata de personas amenazadas de muerte, perseguidas o que han debido huir de Colombia. 

Gracias a la atención y presión social a la que se han sumado sociedad civil, el periodismo, universidades y colectivos independientes como Atopia y Casa Machánkara, la demanda del colectivo de familias llegó a oídos del Consejo de Protección de Derechos y de la Junta de Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de Quito, que reaccionaron activando cinco albergues en la ciudad. Estos albergues son una medida temporal que vemos como apoyo para que el colectivo pudiera encontrar una salida a su situación, que está en manos de ACNUR, HIAS y Cancillería, aunque esta última aún no ha ofrecido una solución duradera. 

Respecto de las medidas de protección que tiene el colectivo, las recogemos en este comunicado esperando que se cumplan: la Junta de Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes se ha activado y ha dictado medidas de protección de cumplimiento obligatorio. Ante la situación de las familias en los albergues, aclaran lo siguiente:

1.- Las medidas dictadas por la Junta de Protección tienen como objetivo proteger los derechos de las niñas, niños y adolescentes del colectivo. Este organismo dispone medidas de carácter social y educativo como: a) cupos para el cuidado diario y alimentación de niñas y niños menores de tres años en los Centros de Desarrollo Infantil del MIES, b) cupos para la inclusión en el sistema educativo de todas las niñas, niños y adolescentes mayores de tres años de edad, c) atención emergente en salud y d) remisión de los casos a Fiscalía para que se investigue las amenazas contra los progenitores y familias de los niños.

Las amenazas a las familias son de muerte, daño, violación, o persecución. Además de esto, al ser muchas afrodescendientes, han sufrido además y de la manera más concreta los efectos del racismo social y de Estado. Esto afecta, como es obvio, a todos sus miembros. Desde Corredores migratorios, Atopia, la sociedad civil, vigilamos el cumplimiento de estas medidas de protección y estamos en contacto con las instancias correspondientes.

2.- De manera posterior, ante la situación de calle a la que se ve expuesta el colectivo después del desalojo de ACNUR, la Junta dispuso a la Secretaría de Seguridad del DMQ (Distrito Metropolitano de Quito) que se habiliten albergues temporales para la protección de las niñas, niños, adolescentes, sus familias, y mujeres embarazadas. Si bien esta medida es temporal, no tiene aún una fecha de finalización pues la situación de riesgo de los niños del grupo persiste. 

3.- Las medidas dispuestas por la Junta se enmarcan en el Artículo 205 del Código de la Niñez y Adolescencia, que le asigna a este organismo autonomía funcional y operativa para el cumplimiento de la función pública de proteger los derechos individuales y colectivos de los niños, niñas y adolescentes en el Cantón. La Junta es un organismo competentes para la emisión de estas medidas.

Entendemos que el incumplimiento de las medidas dispuestas por la Junta correspondería al delito determinado en el Art. 282 del COIP (incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente), pero también constituye una grave violación a las obligaciones del Estado ecuatoriano, establecidas en la Constitución y en instrumentos internacionales vinculantes como la Convención de Derechos del Niño. Nos preocupa el estado de indefensión en que se hallan las familias, que se puede ver a través de la situación de sus niños y niñas.

Si bien las medidas de protección emitidas por la Junta son de carácter temporal y emergente, estas deben ser cumplidas y complementadas con el accionar de otros organismos del Sistema Nacional de Protección y deben incluir a las otras personas en situación de riesgo, ya que forman parte de varios de los grupos prioritarios reconocidos en la Constitución del 2008. Por eso, nos mantenemos vigilantes del cumplimiento y hacemos un llamado a las instituciones competentes para que acaten las medidas de protección y se genere una estrategia de diálogo real y salidas viables y dignas para estas familias.

Redacción Corredores

Nuestro proyecto se llama Corredores migratorios. Reúne materiales editoriales y documentales, crónica, fotografía, ilustración y trabajo periodístico y académico sobre migraciones con el objetivo de construir respuestas colectivas y políticamente claras a favor de la movilidad humana y la descriminalización de las personas migrantes.

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